Recomendación 2018

62. Derecho de Petición. El otorgamiento oportuno de las respuestas a los estudiantes, alumnos y académicos a este derecho, implica certidumbre y certeza respecto del pronunciamiento de las autoridades universitarias, de acuerdo a sus atribuciones y facultades

La Defensoría de los Derechos Universitarios recibió una queja mediante la cual una alumna requirió la intervención de esta entidad universitaria, toda vez que el Director de su Facultad no le había otorgado respuesta al documento que presentara, relativo a la protección de sus datos personales.

En razón de lo anterior, esta Defensoría aperturó el expediente de queja por la falta de respuesta a la solicitud que presentara la alumna ante la autoridad universitaria, toda vez que había transcurrido en demasía el tiempo para otorgar una respuesta al planteamiento realizado por la estudiante.

En este sentido, este órgano defensor recomendó a la autoridad desahogar el derecho de petición que le asistía a la promovente. En virtud de que ya había transcurrido un plazo razonable para que la citada autoridad emitiera la respuesta correspondiente y diera cumplimiento a un derecho resguardado no sólo por esta Defensoría, sino también a nivel constitucional.

Es importante precisar que la recomendación sugirió, que en caso de acreditarse el incumplimiento de las normas en materia de protección de datos personales por alguna de las áreas administrativas o miembros del personal académico de la dependencia universitaria, se procediera a realizar las gestiones pertinentes para que los involucrados evitaran, en lo subsecuente, proporcionar información sobre datos personales de alumnos, académicos y personal que integran la Facultad. Toda vez que el derecho de petición ejercido por la alumna versaba sobre la protección de datos personales.

Por último se encomendó realizar la difusión necesaria de la información sobre materia de Protección de Datos Personales, entre toda la comunidad que integraba dicha dependencia universitaria para que estuvieran en posibilidades de acatar lo establecido en las disposiciones normativas vigentes en dicho tópico.

Esta Recomendación ha sido aceptada y cumplida.

Vínculo a página de Facebook de la Defensoríavínculo a cuenta de twitter de la Defensoríavínculo a canal de Youtube de la DefensoríaCuenta de Instagram UNAMDDUvínculo a correo electrónico de la Defensoría